18-04- 2017.- La Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley de Aviación Civil para establecer los derechos de pasajeros de aerolíneas y obligaciones de los permisionarios de este servicio, así como sancionar el incumplimiento de presentar, desde el primer momento, el costo total del boleto, con impuestos incluidos.
Las reformas, aprobadas en lo general con 422 votos y remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establecen que en caso de retraso de la hora de salida del vuelo, el pasajero será indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
En caso de producirse la cancelación del vuelo por responsabilidad del concesionario, éste deberá, a elección del pasajero, reintegrarle el precio del boleto, ofrecerle transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
Deberá proporcionar alimentos, alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero, hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo. Además, una indemnización al afectado que no sea inferior al 25 por ciento de precio del boleto.
El dictamen resalta que en caso de la denegación de embarque por expedición de boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave, el concesionario o permisionario deberá solicitar voluntarios que renuncien al embarque a cambio de beneficios que acuerde directamente con el pasajero. Tendrán prioridad para abordar las personas con alguna discapacidad, adultos mayores, los menores no acompañados y las mujeres embarazadas.
Se indemnizará por destrucción o avería del equipaje de mano, la cual será de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización; por la pérdida o avería del equipaje facturado y la indemnización será equivalente a la suma de 150 Unidades de Medida y Actualización.
Del mismo modo, se precisa que el pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de compra del boleto. Pasado este plazo, el concesionario o permisionario determinará las condiciones de la cancelación.
El documento subraya que es obligación de los concesionarios presentar, desde el primer momento, el costo total del boleto, impuestos incluidos. Asimismo, podrán ofrecer servicios adicionales al momento de la compra; sin embargo, no podrá realizar cargos que pretendan condicionar la adquisición del boleto a la contratación obligatoria de servicios adicionales.
Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo comercial, estarán obligados a entregar mensualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes informes, bitácoras, estadísticas, reportes, índices de reclamaciones y todos aquellos datos que permitan transparentar su funcionamiento. La SCT dará seguimiento a la información presentada y la publicará trimestralmente, conforme a la legislación vigente en materia de transparencia y protección de datos personales.
Al fundamentar el dictamen por la Comisión de Transportes, su presidente, diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, recordó que es la primera reforma que se hace en la Ley de Aviación Civil desde su creación en 1993, y en la cual se definen los derechos de los pasajeros.
Explicó que los cambios permiten a los pasajeros con discapacidad, viajar solos y poder transportar sus artículos, como sillas de ruedas, muletas y otro tipo de accesorios, sin costo adicional. Los niños menores de 2 años podrán viajar gratis sin que les cobren el expedir su boleto o documentar la carriola.
Se permite, dijo, que todos los pasajeros lleven al menos una maleta de 25 kilos y no cobrar hasta 700 pesos adicionales porque la publicidad no es clara. Se duplican los montos de indemnización por la pérdida o daño de las maletas, por lo que pagarán hasta 11 mil pesos.
En caso de demoras mayores a cuatro horas, se le pagará el cien por ciento de su boleto y 25 por ciento más.
Señaló que se otorgan mayores beneficios a los pasajeros que cedan su lugar en caso de sobreventa; mujeres, adultos mayores y niños tendrán preferencia para ocupar estos asientos.
Se obliga a las aerolíneas a dar de manera clara y exacta el servicio en los términos y condiciones del contrato con el que vuelan todos los pasajeros, la SCT y la Profeco, porque anteriormente la Profeco no tenía atribuciones para sancionar y multar a las aerolíneas, solamente lo hacía la SCT y ésta no tenía un lugar específico ni módulos como la Profeco.
También, dijo, las aerolíneas deberán notificar a los pasajeros por todos los medios a su alcance sobre las modificaciones a su itinerario con 24 horas de anterioridad; entregará a la SCT estadísticas de retrasos, reclamos y tendrán que ser públicas para que los usuarios puedan definir si vuelan por esa aerolínea o por otra, y se le ponen sanciones a todas las aerolíneas.
Durante los posicionamientos, la diputada Cynthia Gissel García Soberanes (Encuentro Social) destacó la importancia de establecer el derecho del usuario a conocer el precio total del boleto desde el inicio de la transacción y prohibición de cobros adicionales que pudieran adicionar el servicio.
Comentó que también se contemplan convenios entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Procuraduría Federal del Consumidor para llevar a cabo tareas de supervisión, seguimiento y la promoción, protección y vigilancia de los derechos de los pasajeros con el establecimiento de un módulo de atención al pasajero en cada terminal.
El diputado Carlos Gutiérrez García (Nueva Alianza) comentó que actualmente la ley no reconoce los derechos a los cuales los pasajeros deben tener acceso, al ser una de las dos partes del contrato de transporte de pasajeros. Tampoco contempla las compensaciones en caso de que el prestador del servicio no cumpla con los términos establecidos en el contrato.
Enfatizó que los derechos de los pasajeros son violentados cotidianamente por las líneas aéreas, en gran medida por falta de precisión en los preceptos legales. Por ello, estimó necesario adaptar las leyes, reglas y normas que rigen a la sociedad.
Por su parte, el diputado Jonadab Martínez García (Movimiento Ciudadano) mencionó que muchas aerolíneas se prestaban a cobrar un costo adicional por el asiento que uno eligiera. Con esta reforma, se homologa el costo de boleto, por lo que ya no existirá un cobro adicional.
En caso de las demoras, después de la primera hora, el usuario tendrá el derecho a alimentos y, después de cuatro horas, podrá cancelar sin menoscabo. Subrayó que el usuario tendrá el derecho de conocer qué aerolínea ofrece mayores compensaciones y elegir a quién contratar.
La diputada María Antonia Cárdenas Mariscal (Morena) se pronunció a favor del dictamen, ya que se estaría protegiendo a los usuarios, al mantenerlos informados y defendiendo sus derechos cuando utilicen las aerolíneas.
A su vez, se dota a la Profeco y obliga a que difunda, garantice y proteja a los derechos de los pasajeros de avión, en cuanto se realicen actos que vulneren los derechos individuales o colectivos de los usuarios.
Del PVEM, el diputado Javier Octavio Herrera Borunda resaltó que, en el caso de las líneas aéreas, los usuarios enfrentan una situación realmente desventajosa en la compra de boletos y el trato que reciben.
“Debemos ponernos del lado del usuario, del ciudadano que no pide que le regalen nada. Que al pagar un boleto lo único que pide es que sea considerado y tratado como lo que es: un cliente que está haciendo una transacción, que está solicitando un servicio y no le están dando por ningún motivo una concesión”, afirmó.
En su turno, la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera (PRD) sostuvo que actualmente las aerolíneas exigen a los usuarios cumplir con todos los requisitos al pie de la letra; sin embargo, ellas incumplen la ley, “la manejan a su antojo, no entienden razones cuando uno llega un minuto tarde, se truenan los dedos para vender ese lugar inmediatamente, sin que el pasajero pueda recibir ni una disculpa por parte de algún encargado”.
Por ello, dijo, “ahora sí habrá penalizaciones de verdad. Hoy les decimos a las aerolíneas que se les acabó su agosto. La gente se cansó de sus falsas ofertas, letras chiquitas, largas esperas, horarios sin actualizar, sobreventa de boletos, pérdida y maltrato de maletas por la mala sincronización en conexiones y, sobre todo, de la discriminación de la que son objeto por parte del personal mal capacitado y arrogante”.
Por el PAN, el diputado Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza señaló que ante la contundente impunidad en el servicio de transportación aérea y de los constantes abusos que sufren los usuarios, el dictamen contiene una serie de reformas que buscan regular con más precisión al sector, a fin de hacer más eficiente la presentación del servicio, así como proteger a los pasajeros cuando las causas imputables a las aerolíneas no cumplan con los criterios de eficiencia y calidad.
Refirió que, de acuerdo con una encuesta, en el 2016 las líneas aéreas en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México registraron el 64 por ciento de los retrasos y demoras; el 27 por ciento correspondió a condiciones del clima, y el 9 por ciento a problemas de infraestructura de la terminal.
El diputado Daniel Torres Cantú (PRI) resaltó que la reforma es integral, ya que alberga muchos cambios a beneficio de los usuarios, de los derechos de los pasajeros, como garantizar el acceso a las personas con alguna discapacidad.
Además, dijo, obliga a las aerolíneas a registrar sus políticas de compensación en caso de demoras; a dar el derecho al usuario de cancelar la compra de un boleto y no le cueste ni un peso.
Durante la discusión, la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (Movimiento Ciudadano) estimó que el dictamen representa un gran avance en la tutela de los derechos de los usuarios de las aerolíneas, pero no es suficiente, ya que quedan temas pendientes como la prohibición a las aerolíneas de sobrevender los vuelos.
De la misma bancada, la diputada Mirza Flores Gómez aclaró que no es la sobrerregulación lo que va salvaguardar los derechos de los usuarios, sino la claridad con la que se legisle para que conozcamos con mucha efectividad y precisión los derechos a los que somos acreedores.
Discusión particular
Durante la discusión en lo particular, se desecharon, con 359 votos a favor, 54 en contra y cinco abstenciones, las reservas presentadas por los Juan Romero Tenorio y Concepción Villa González, de Morena, a los artículos 47 Bis, 52 y 84 de la Ley de Aviación Civil, quedando en términos del dictamen.
Declaratoria de publicidad de dictámenes
La presidencia de la Mesa Directiva emitió declaratoria de publicidad de dos dictámenes de las comisiones de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Gobernación.
El primero, reforma el artículo segundo transitorio del decreto que modifica diversas leyes en materia de combate a la corrupción, para precisar el tiempo que durarán en su cargo los titulares de los órganos internos de control.
El segundo, modifica los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y segundo de la Ley Orgánica de la Armada de México, para que la vigilancia, visita e inspección en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios se realice sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.
Cuando se presente la posible comisión de un delito, se pondrá a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados al mismo.
Asimismo, para que las funciones de guardia costera mantengan el estado de Derecho en esas instalaciones, además de la seguridad y protección marítima, a través de acciones de vigilancia, verificación, visita, inspección y otras acciones previstas en otras disposiciones jurídicas.
También se considera ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas, así como envío de correos electrónico, alimentos, entre otros beneficios.
Además la información y publicidad relacionada con las tarifas deberán ser exactas, veraces, comprobables y claras, que no induzcan al error o confusión al pasajero por la forma falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenten.
Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo comercial estarán obligados a entregar mensualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes informes, bitácoras, estadísticas, reportes, índices de reclamaciones y todos aquellos datos que permitan transparentar su funcionamiento.
Por su parte, el también panista José Erandi Bermúdez Méndez afirmó que con esta ley los legisladores tendrán el «sartén por el mango» y los usuarios se verán beneficiados.
Agregó que aunque se quisieran mayores sanciones hay que darles el beneficio de la duda. «Tenemos todavía un año y medio para presentar modificaciones viendo cómo se comporta el mercado», señaló.